Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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Cuerpo
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- +["ART脥CULO 163. Corresponden a la Direcci贸n General de Promoci贸n Ciudadana las siguientes atribuciones: I. Dirigir y supervisar las acciones de las Direcciones de Participaci贸n Ciudadana, Gestor铆a Social y Concertaci贸n Social, asegurando su alineaci贸n con los planes y pol铆ticas municipales;II. Monitorear el desempe帽o de las direcciones bajo su cargo, asegurando el cumplimiento de objetivos, evaluando resultados y proponiendo mejoras en la gesti贸n; III. Vincular las acciones de participaci贸n ciudadana, concertaci贸n social, gestor铆a social y enlace ciudadano con otras dependencias municipales, estatales y federales; IV. Impulsar programas que promuevan la integraci贸n y organizaci贸n de la comunidad en la toma de decisiones; y V. Las que le ordene la persona titular de la Secretar铆a de Participaci贸n Ciudadana, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan."]
Autor铆a de la versi贸n
Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52