Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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Cuerpo
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- +["ART脥CULO 177. La persona titular de la Presidencia Municipal propondr谩 al Ayuntamiento la creaci贸n, fusi贸n o liquidaci贸n de las entidades. El Ayuntamiento podr谩 acordar la desaparici贸n de entidades, a propuesta de la persona titular de la Presidencia Municipal, cuando los fines para los cuales fueron creadas se hayan cumplido, existan nuevas o mejores alternativas para atender los asuntos de su competencia o se considere inviable su continuaci贸n. "]
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Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52