Consulta Ciudadana Pública para la Expedición del Reglamento del Sistema Municipal de Cuidados de Monterrey, y Reforma diversas disposiciones del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Iniciativa para la Expedición del Reglamento del Sistema Municipal de Cuidados de Monterrey, y Reforma diversas disposiciones del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
ARTÍCULO 4.
Para efectos del presente reglamento se entenderá por:1. Accesibilidad. - Condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios para que todas las personas puedan participar y/o acceder de manera autónoma y con las mismas oportunidades)2. Autonomía. - La capacidad de controlar, afrontar y tomar, por iniciativa propia, decisiones acerca de cómo vivir y desarrollar actividades de la vida diaria.3. Comité Interinstitucional: Comité Interinstitucional del Sistema Municipal de Cuidados de Monterrey.4. Corresponsabilidad. - Distribución equitativa de los trabajos de cuidados y de las responsabilidades familiares, entre las instituciones Municipales, Estatales, Federales y del sector privado, así como entre mujeres y hombres.5. Cuidados. - Necesidad multidimensional que las personas tienen en distintos grados, dimensiones y formas en todo su ciclo vital y comprenden las actividades cotidianas que se realizan dentro y fuera de los hogares para brindar bienestar a las personas que carecen de autonomía, a fin de que logren vivir con bienestar y desarrollar sus capacidades.6. Dependencia. - Estado de carácter permanente o transitorio en que se encuentran las personas que, por razones relacionadas a la trayectoria de vida, enfermedad o discapacidad y asociadas a la disminución o a pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, requieren de la asistencia de otras personas para realizar actividades en su vida diaria o de otros apoyos para el desarrollo de su autonomía personal.7. Derecho al cuidado. - El derecho de toda persona a recibir cuidados, a cuidar y al autocuidado.8. Grado de dependencia: Valoración de la autonomía funcional que una persona tiene para realizar actividades de la vida diaria y de autocuidado. El grado de dependencia será determinado por la autoridad competente. 9. Municipio. - Municipio de Monterrey.10. Personas cuidadoras. - Son aquellas que realizan actividades o trabajos de cuidados.11. Personas cuidadas. - Son quienes dependen de la asistencia de otra u otras personas, o de ayuda para realizar y satisfacer sus necesidades básicas y actividades de la vida diaria; esta dependencia puede ser transitoria, permanente, crónica o asociada al ciclo de vida de las personas.12.Reglamento: Reglamento del Sistema Municipal de Cuidados de Monterrey, Nuevo León. 13.Servicios de cuidado. - Acciones dirigidas a las personas cuidadoras o que requieren cuidados, residentes en el Municipio de Monterrey, a fin de satisfacer sus necesidades básicas, las cuales deberán de realizarse bajo el principio de corresponsabilidad.14. Sistema. - Sistema Municipal de Cuidados
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