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Origen:{"body":{"es":" La Secretaría Ejecutiva tendrá las siguientes atribuciones:1. Convocar y preparar las sesiones del Comité Interinstitucional;2. Preparar el proyecto de calendario de los trabajos del Comité Interinstitucional del Sistema Municipal de Cuidados; 3.Proponer el Programa Anual de Trabajo a que se sujetará el Sistema.4. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos y resoluciones del Sistema, hasta su cumplimiento;5. Mantener informada del Sistema a la Presidencia y a los integrantes del Comité Interinstitucional;6.Elaborar los informes del Comité Interinstitucional y someterlos a su revisión, observación y aprobación; 7.Presentar el Informe Anual de actividades. 8.Solicitar la información que estime pertinente para la realización de las actividades que le encomienden, de oficio o a solicitud de quienes integran el Comité Interinstitucional. 9 Las demás que le asigne el Sistema, o la Presidencia. "},"title":{"es":"ARTÍCULO 31."}}
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