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Origen:{"body":{"es":" El Programa Municipal de las Políticas en Materia de Cuidados deberá contener, por lo menos, lo siguiente:1. Diagnóstico sobre las necesidades de cuidados y las tendencias; 2. Objetivos específicos; 3.Las acciones y proyectos por realizar, alineados con el Plan de Desarrollo Municipal; 4.Los programas estratégicos y normativos hacia una perspectiva de cuidados para reconocer, reducir y redistribuir las labores de cuidado; 5.Las autoridades y áreas de las dependencias municipales responsables de la implementación de las acciones y proyectos; 6.Los indicadores de resultados y metas; 7.Los mecanismos de seguimiento y evaluación; 8.La estimación de necesidades presupuestales y fuentes de financiamiento que requieren las dependencias responsables de instrumentar los diferentes programas."},"title":{"es":"ARTÍCULO 36."}}
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