Reglamento del Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey, Nuevo León
Participa en la Consulta Pública Ciudadana de la Iniciativa de Abrogación y Expedición del Reglamento del Instituto Municipal de Planeación Urbana y Convivencia de Monterrey, Nuevo León
ARTÍCULO 22.
Para la administración del Instituto el Presidente Municipal propondrá un Director General que deberá ser votado por el Ayuntamiento. El cargo será por el periodo constitucional del ayuntamiento, pudiendo ser reelecto. El Director General es el responsable de la administración, dirección, organización y funcionamiento del Instituto, y constituye la máxima autoridad del cuerpo técnico-administrativo del Instituto.
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