Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
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Cambios en "Artículo 21. "
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- +["Artículo 21.La persona designada como Secretario(a) Técnico(a) deberá convocar a los integrantes del Consejo con una anticipación de cinco días hábiles en el caso de las ordinarias y de dos días hábiles para el caso de las extraordinarias, mismas que deberán de notificarse por escrito y entregarse en el domicilio y/o correo electrónico de los integrantes del Consejo."]
Autoría de la versión
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09/06/2023 15:47