Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
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Artículo 39.
Los datos deberán estar a disposición del público en condiciones de gratuidad, integridad, apertura y puntualidad a través de un centro integrador de datos, una API integradora en los casos que aplique y el Portal de Datos Abiertos del Municipio.
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