Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
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Artículo 48.
El Municipio deberá contar con una Política de Seguridad de los Datos que proteja en todo momento la Infraestructura Tecnológica, propia o de terceros contratados, así como la confidencialidad e integridad de los datos que compartan a través de redes e internet.
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