Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
#GobernanzaTecnologica AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
Artículo 82.
Los Sujetos Obligados que apliquen Trámites y Servicios deberán poner a disposición del público la información que al respecto esté inscrita en el Registro Municipal de Trámites y Servicios.La lista de requisitos y demás documentos de difusión deberán ser congruentes con la Ficha del trámite o servicio inscrito, a fin de garantizar que la única fuente de información sobre trámites y servicios es el Registro Municipal de Trámites y Servicios, en términos del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey.
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