Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
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Cambios en "Artículo 108. "
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- +["Artículo 108. La Secretaría, por conducto de la Dirección de Participación Ciudadana, en colaboración con los Sujetos Obligados, serán los encargados de promover la incorporación voluntaria de las personas físicas y morales al Expediente Digital."]
Autoría de la versión
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09/06/2023 15:47