Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
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Cambios en "Artículo 146. "
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Cuerpo
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- +["Artículo 146. La Secretaría informará a la Contraloría Municipal o al Órgano de Control interno que les corresponda a los sujetos obligados del presente Reglamento, de los casos que tenga conocimiento sobre algún incumplimiento a lo previsto en este ordenamiento."]
Autoría de la versión
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09/06/2023 15:47