Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
#GobernanzaTecnologica AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
Enmienda a "Artículo 10. "
Cuerpo
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En materia de gobernanza tecnológica los sujetos obligados tendrán las siguientes atribuciones:
1. Cumplir con la política de gobernanza tecnológica municipal;
2. Dar información a la Secretaría cuando ésta la requiera para ejercer sus atribuciones;
3. Participar en los mecanismos de coordinación en la materia;
4. Capacitarse en la materia;
5. Participar en el desarrollo de estrategias de transformación tecnológica, gestión de servicios y participación ciudadana por medios digitales; y 6. Las demás que se determinen dentro de la normatividad vigente aplicable.
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En materia de gobernanza tecnológica los sujetos obligados tendrán las siguientes atribuciones:
1. Cumplir con la política de gobernanza tecnológica municipal;
2. Dar información a la Secretaría cuando ésta la requiera para ejercer sus atribuciones;
3. Participar en los mecanismos de coordinación en la materia;
4. Capacitarse en la materia;
5. Participar en el desarrollo de estrategias de transformación tecnológica, gestión de servicios y participación ciudadana por medios digitales; y
6. Las demás que se determinen dentro de la normatividad vigente aplicable.
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