Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
#GobernanzaTecnologica AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
Enmienda a "Artículo 75. "
Cuerpo
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En general, todos los trámites y servicios del Municipio se deberán ofrecer de forma presencial y en línea por medio de la Ventanilla Digital, una vez se encuentre implementada.En los casos que a juicio del Sujeto Obligado competente no sea viable efectuar algún trámite a través de la Ventanilla Digital, este deberá informar a la Secretaría las razones por la cuales no lo puede realizar. La Secretaría deberá analizar la información y si a su juicio la solicitud es procedente, podrá autorizar al Sujeto Obligado para realizar el trámite exclusivamente de forma presencial. Así mismo, si la Secretaría establece que la solicitud no es procedente para tramitar una excepción, se le informará las razones por las cuales no se podrá ejecutar. En caso de que el sujeto obligado no esté conforme con el dictamen emitido por la Secretaría, podrá realizarlas manifestaciones por las que no esté conforme para que ésta con base a las mismas puedan reconsiderar su determinación.
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En general, todos los trámites y servicios del Municipio se deberán ofrecer de forma presencial y en línea por medio de la Ventanilla Digital, una vez se encuentre implementada. En los casos que a juicio del Sujeto Obligado competente no sea viable efectuar algún trámite a través de la Ventanilla Digital, este deberá informar a la Secretaría las razones por la cuales no lo puede realizar. La Secretaría deberá analizar la información y si a su juicio la solicitud es procedente, podrá autorizar al Sujeto Obligado para realizar el trámite exclusivamente de forma presencial. Así mismo, si la Secretaría establece que la solicitud no es procedente para tramitar una excepción, se le informará las razones por las cuales no se podrá ejecutar. En caso de que el sujeto obligado no esté conforme con el dictamen emitido por la Secretaría, podrá realizarlas manifestaciones por las que no esté conforme para que ésta con base a las mismas puedan reconsiderar su determinación.
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