Consulta ciudadana pública para la expedición del reglamento orgánico del Instituto de la Juventud Regia
#AhoraInnovamosJuntos (Enlace externo) Iniciativa para la expedición del reglamento orgánico del Instituto de la Juventud Regia
Artículo 24
La persona titular de la Presidencia del Consejo Consultivo Ciudadano tendrá las siguientes atribuciones:
I. Convocar a asambleas ordinarias y extraordinarias del consejo en los términos de las disposiciones antes mencionadas, y del ManualOperativo y de Procedimientos del Instituto;
II. Proponer el orden del día de las asambleas ordinarias y extraordinarias;
III. Iniciar, concluir y suspender asambleas del Consejo;
IV. Dar seguimiento y llevar un registro sobre los acuerdos de las sesiones ordinarias y extraordinarias para posteriormente solicitar su cumplimiento;
V. Presidir las asambleas ordinarias y las extraordinarias del Consejo, así como dirigir y coordinar las intervenciones sobre los asuntos y proyectos sometidos a consideración;
VI. Someter a votación los asuntos tratados;
VII. Hacer cumplir los acuerdos;
VIII. Remover a integrantes del Consejo por la causa establecida en el artículo 26 del presente Reglamento y por otras señaladas en el Manual Operativo y de Procedimientos del Instituto; y
IX. Las demás facultades que expresamente señale el Manual Operativo y de Procedimientos del Instituto.
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