Consulta ciudadana pública para la expedición del reglamento orgánico del Instituto de la Juventud Regia
#AhoraInnovamosJuntos Iniciativa para la expedición del reglamento orgánico del Instituto de la Juventud Regia
Artículo 34
El Instituto contará con un patrimonio propio el cual estará integrado por:
I. Los recursos financieros o materiales que para su funcionamiento se requieran y que le sean aportados por los gobiernos Federal, Estatal o Municipal;
II. Los bienes muebles o inmuebles, obras, servicios y derechos que le asignen y transmitan los gobiernos Federal, Estatal y Municipal o cualquier otra entidad pública;
III. Los bienes, derechos créditos y demás ingresos que por cualquier título adquiera; y
IV. Las aportaciones y donaciones que reciba de personas físicas o morales.
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