Consulta ciudadana pública para la expedición del reglamento orgánico del Instituto de la Juventud Regia
#AhoraInnovamosJuntos (Enlace externo) Iniciativa para la expedición del reglamento orgánico del Instituto de la Juventud Regia
Cambios en "TRANSITORIOS "
Título
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Cuerpo
- -["ARTÍCULO PRIMERO.El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficialdel Estado. ARTÍCULO SEGUNDO.Para la emisión de la convocatoria de integración de Consejo Consultivo se deberá observar un proceso de renovación escalonado de sus miembros. \nARTÍCULO TERCERO. En un plazo de 180 díasa partir de la emisión de este Reglamento, se deberá llevar a cabo la revisión y, en su caso, modificación del Manual Operativo y de Procedimientos del Instituto.”"]
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ARTÍCULO PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ARTÍCULO SEGUNDO. Para la emisión de la convocatoria de integración de Consejo Consultivo se deberá observar un proceso de renovación escalonado de sus miembros.
ARTÍCULO TERCERO. En un plazo de 180 días a partir de la emisión de este Reglamento, se deberá llevar a cabo la revisión y, en su caso, modificación del Manual Operativo y de Procedimientos del Instituto.”
"]