Consulta del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
#MejoraRegulatoria AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
Artículo 42.
El Registro Municipal de Visitas Domiciliarias tiene por objeto integrar el padrón de servidores públicos autorizados, así como el listado de visitas domiciliarias, inspecciones y verificaciones en el municipio, que pueden realizar los sujetos obligados, la materia de competencia de cada uno de ellos y la dependencia que pertenece, siendo la Comisión de Municipal la encargada de administrarlo.
Son objeto de la verificación o inspección los documentos, bienes, lugares o establecimientos donde se desarrollen actividades o presten servicios, y deberán estar normadas por una disposición de carácter administrativo y deberán de estar inscritas en el Registro Municipal de Visitas Domiciliarias.
A fin de mantener debidamente actualizado el Registro Municipal de Inspecciones que se prevé en la Estrategia, los sujetos obligados serán los encargados de inscribir y actualizar la información de las inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias que apliquen, así como los servidores públicos que se deberán estar inscritos en el padrón. La Comisión Municipal, en el ámbito de sus competencias, será la responsable de supervisar, coordinar y publicar dicha información en el padrón.
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