Consulta del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
#MejoraRegulatoria AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
Cambios en "Art铆culo 57. "
T铆tulo
- -{"es"=>"59"}
- +{"es"=>"Art铆culo 57. "}
Cuerpo
- -["Art铆culo 57. La Comisi贸n Municipal dispondr谩 lo necesario para que las personas puedan presentar la Queja Ciudadana tanto de manera presencial como electr贸nica. La Queja Ciudadana ser谩 revisada por la Comisi贸n Municipal que emitir谩 su opini贸n en un plazo de cinco d铆as, dando contestaci贸n al ciudadano que la present贸, dar谩 vista de la misma al Sujeto Obligado y, en su caso, a la Direcci贸n de Anticorrupci贸n de la Contralor铆a Municipal."]
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La Comisi贸n Municipal dispondr谩 lo necesario para que las personas puedan presentar la Queja Ciudadana tanto de manera presencial como electr贸nica.
La Queja Ciudadana ser谩 revisada por la Comisi贸n Municipal que emitir谩 su opini贸n en un plazo de cinco d铆as, dando contestaci贸n al ciudadano que la present贸, dar谩 vista de la misma al Sujeto Obligado y, en su caso, a la Direcci贸n de Anticorrupci贸n de la Contralor铆a Municipal.
"]