Consulta del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
#MejoraRegulatoria AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
Enmienda a "Artículo 14. "
Cuerpo
-
-["
Corresponde a él(la) Secretario(a) Técnico(a) del Consejo Municipal:
I. Compilar los acuerdos que se tomen en el Consejo Nacional, llevar el archivo de éstos y de los instrumentos jurídicos que deriven, y expedir constancia de los mismos;
II. Elaborar y publicar informes de actividades del Consejo Nacional, y
III. Las demás que le señale este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
"] -
+["
Corresponde a él(la) Secretario(a) Técnico(a) del Consejo Municipal:
I. Compilar los acuerdos que se tomen en el Consejo Municipal, llevar el archivo de éstos y de los instrumentos jurídicos que deriven, y expedir constancia de los mismos;
II. Elaborar y publicar informes de actividades del Consejo Municipal, y
III. Las demás que le señale este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
(Aclaración de redacción: las atribuciones conferidas para la persona titular, en este apartado, se refieren a las funciones que le competen para el Consejo Municipal de Mejora Regulatoria)
"]
Reportar contenido inapropiado
Este contenido no es apropiado?
Compartir: