Consulta Ciudadana Pública para la Reforma por Modificación, Adición y Derogación de Reglamento para los Organismos de Colaboración.
Iniciativa para la Reforma por Modificación, Adición y Derogación de Reglamento para los Organismos de Colaboración.
ARTÍCULO 17
. En todo caso, se respetará el derecho de audiencia del afectado, quien podrá manifestar en un plazo de diez días hábiles lo que a su derecho convenga, allegando las pruebas y alegatos necesarios para acreditar su dicho; transcurrido dicho plazo, la Dirección de Vinculación Interinstitucional emitirá el acto procedente.
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