Consulta Ciudadana Pública para la Reforma por Modificación, Adición y Derogación del Reglamento de Participación Ciudadana de Monterrey
Iniciativa para la Reforma por Modificación, Adición y Derogación del Reglamento de Participación Ciudadana de Monterrey
ARTÍCULO 109
La petición de consulta popular que provenga de los ciudadanos del Municipio, además de los requisitos previstos en el artículo anterior, deberá complementarse con: I. Nombre completo y domicilio del representante para oír y recibir notificaciones y para controvertir ante el Tribunal Electoral o el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León según corresponda, los actos o decisiones de las autoridades cuando éstas incumplan con los principios o vulneren los derechos de los ciudadanos consignados en la Ley; y II. …
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