Consulta Pública Ciudadana para la Reforma por Modificación y Adición al Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey
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Cambios en "ARTÍCULO 52 BIS VIII."
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- +["ARTÍCULO 52 BIS VIII. Los criterios de aceptación del Dictámen para establecimientos comerciales son los siguientes:a)El predio no debe de presentar adeudos en el pago del impuesto predial o cualquier otra contribuciónmunicipal;b)La superficie no debe exceder a los 1,500 metros de construcción;c)Comprobante de domicilio vigente, cuando el solicitante desee recibirnotificaciones de manera presencial;d)Que el predio cumpla con las especificaciones favorables, tras la visitapor la Dirección de Protección Civil."]
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22/06/2023 18:21