Reforma por Modificación y Adición al Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo del Municipio de Monterrey, Nuevo León
Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo del municipio de Monterrey
TRANSITORIOS.
PRIMERO. Las presentes reformas entrarán en vigor a los 5 días hábiles a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la aplicación y observancia de los preceptos reformados de este Reglamento.
TERCERO. Los procedimientos que se encuentren en trámite con anterioridad a la entrada en vigor de la presente reforma, serán concluidos aplicando las nuevas disposiciones reformadas.
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Inaceptable que las reformas a los reglamentos aquí consultados, busquen facilitar por medio de los transitorios realizar construcciones contravengan el espíritu tutelar del medio ambiente que contempla la Constitución Federal, así como los derechos de terceros interesados, porque con esto se legaliza lo que antes era improcedente, provocando una explotación ilícita del desarrollo urbano.
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