Consulta del Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrey.
#AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Entrega-Recepción para la administración pública del municipio de Monterrrey.
Cambios en "Artículo 34. "
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- +["Artículo 34. El acto de Entrega Recepción de la Administración Pública Municipal de Monterrey, Nuevo León, por término de un ejercicio constitucional o legal, se llevará a cabo una vez terminada la ceremonia de toma de protesta del R. Ayuntamiento entrante, los Presidentes Municipales, entrante y saliente, y el Contralor Municipal saliente, en su defecto, quien hiciera las funciones de este, así como los Síndicos Municipales entrantes y salientes, levantarán acta circunstanciada por duplicado del acto protocolario de la Entrega Recepción, la cual deberá ser firmada por los que intervinieron, entregando un tanto de la misma, y sus anexos, al Ayuntamiento entrante, y otro al Ayuntamiento saliente. El acta circunstanciada del acto protocolario de la Entrega Recepción, y sus anexos, correspondiente al Ayuntamiento Entrante, deberá resguardarse por la Contraloría Municipal."]
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19/06/2023 13:42