Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
Abrogación y Expedición del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey
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- +["ARTÍCULO 18. Para el despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría del Ayuntamiento se auxiliará con la Dirección General de Gobierno y Asuntos Interinstitucionales, de la que dependerá la Dirección de Gobierno y Asuntos Políticos; la Dirección General de Control Regulatorio y Vigilancia, de la que dependerán las Direcciones de Alcoholes y Espectáculos, de Comercio, y de Inspección Urbana, Desarrollo Verde y Servicios Públicos; así como la Dirección General de Prevención de la que dependerán las Direcciones de Estrategias para la Convivencia Pacífica, de Prevención de la Violencia, de Protección y Atención a Víctimas y de Justicia Cívica. Contará, asimismo, con la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Enlace Municipal, que dependerán directamente de la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento. También contará con las coordinaciones y jefaturas necesarias para su correcto funcionamiento. "]
Autoría de la versión
Versión creada el
11/04/2025 17:52