Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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- +["ART脥CULO 65. Corresponde a la Direcci贸n de Protecci贸n Civil, las siguientes atribuciones: I.Dirigir las acciones que en materia de protecci贸n civil se lleven a cabo en el municipio; II.Planear y ejecutar las acciones de coordinaci贸n con las autoridades federales, estatales y municipales, as铆 como con el sector social y el sector privado, para los planes de prevenci贸n y control de alto riesgo, emergencias y desastres; III.Ejecutar las actividades de inspecci贸n que se realicen en los establecimientos de competencia municipal o de coordinaci贸n con la Direcci贸n Estatal de Protecci贸n Civil; IV.Ordenar la pr谩ctica de visitas de inspecci贸n a los establecimientos de competencia municipal en materia de protecci贸n civil, aplicando, en su caso, las medidas de seguridad que correspondan; as铆 como determinar y ejecutar las sanciones que correspondan; V.Expedir los documentos que sean requeridos en materia de Protecci贸n Civil por diversas dependencias municipales, estatales o federales, as铆 como por los particulares, de conformidad con la normatividad respectiva; VI.Fungir como autoridad municipal en materia de Protecci贸n Civil; y VII.Las que le ordene la persona titular de la Comisar铆a General o de la Comisar铆a en Jefe, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "]
Autor铆a de la versi贸n
Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52