Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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- +["ART脥CULO 100. Corresponden a la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible, las obligaciones y atribuciones siguientes: I. Ejercer las atribuciones que, en materia de administraci贸n urbana, control urbano, movilidad, espacio p煤blico y seguridad vial, equilibrio ecol贸gico y protecci贸n al ambiente, consignan a favor de los Municipios la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos, Constituci贸n Pol铆tica del Estado Libre y Soberano de Nuevo Le贸n y dem谩s ordenamientos legales; II. Administrar y ejecutar planes, programas y declaratorias de desarrollo urbano, y su zonificaci贸n que en 茅stos se contenga, programas de movilidad y seguridad vial, as铆 como del equilibrio ecol贸gico, mejoramiento de espacios p煤blicos y protecci贸n al ambiente dentro de su jurisdicci贸n y competencia; III. Participar, en coordinaci贸n con el Instituto Municipal de Planeaci贸n Urbana y Convivencia, y dem谩s dependencias municipales que se requiera, en la elaboraci贸n, revisi贸n y ejecuci贸n de los Planes y Programas Municipales de Desarrollo Urbano, Movilidad y seguridad vial, recuperaci贸n del espacio p煤blico, as铆 como de Equilibrio Ecol贸gico y Protecci贸n Ambiental, tomando en consideraci贸n los lineamientos urban铆sticos, ecol贸gicos, de vivienda, recreaci贸n, vialidad y transporte; IV. Participar con la representaci贸n municipal en las diferentes tareas de planeaci贸n y ordenaci贸n conjunta y coordinada de la zona de conurbaci贸n conocida como 脕rea Metropolitana de Monterrey; V. Aprobar o negar, conforme a los Planes y/o programas de Desarrollo Urbano vigentes en el Municipio, los proyectos de construcci贸n o de edificaciones; las solicitudes relativas a licencias o autorizaciones de factibilidad de uso de suelo; fijaci贸n de lineamientos generales de dise帽o arquitect贸nico; solicitud de licencia de uso de suelo; cambios de uso de suelo; solicitud de licencia de uso de edificaciones; cambios de lineamientos y/o de densidades; obras de urbanizaci贸n; r茅gimen de propiedad en condominio; subdivisiones; fusiones; parcelaciones; relotificaciones; conjuntos urbanos y/o fraccionamientos en sus diversas etapas; estructuras para publicidad exterior y anuncios; y dem谩s tr谩mites, autorizaciones o permisos que se regulen en los ordenamientos de la materia, otorgando, en caso procedente, la licencia, autorizaci贸n o permiso municipal respectivo; VI. Participar en la constituci贸n y la administraci贸n de las reservas territoriales p煤blicas para la vivienda popular, las infraestructuras, los equipamientos sociales y el cuidado del ambiente; VII. Participar en la creaci贸n y administraci贸n de reservas territoriales; VIII. Supervisar, en colaboraci贸n con la Secretar铆a del Ayuntamiento, el control y vigilancia de la utilizaci贸n del suelo en su jurisdicci贸n territorial; IX. Otorgar licencias y permisos para construcciones; X. Participar en la creaci贸n y administraci贸n de zonas de reservas ecol贸gicas; XI. Participar en la preparaci贸n de convenios para la ejecuci贸n de Planes y Programas urban铆sticos que se realicen en el Municipio; XII. Vigilar en el 谩mbito de su competencia y jurisdicci贸n, la observancia de los Planes de Desarrollo Urbano, las declaratorias y las normas b谩sicas correspondientes, las disposiciones legales y reglamentarias en materia de desarrollo urbano, movilidad, recuperaci贸n del espacio p煤blico y seguridad vial, ecolog铆a y protecci贸n ambiental, as铆虂 como la consecuente utilizaci贸n del suelo; XII. Colaborar, en la elaboraci贸n e implementaci贸n de los procesos de inspecciones, para la vigilancia y cumplimiento de los Planes y Programas en materia de Desarrollo Urbano, en la utilizaci贸n del suelo o de las edificaciones o uso de edificaciones o construcciones, tendientes a prevenir o evitar la contaminaci贸n del medio ambiente, a la imagen urbana, y lograr una mayor mitigaci贸n al cambio clim谩tico; XIV. Apoyar t茅cnicamente a la Secretar铆a del Ayuntamiento en las inspecciones, suspensiones, medidas de seguridad y clausuras a las obras p煤blicas y privadas, as铆 como en la imposici贸n de sanciones a sus responsables cuando incurran en violaci贸n a disposiciones legales o reglamentarias; XV. Emitir los lineamientos y conducir, en coordinaci贸n con la Secretar铆a de Servicios P煤blicos, los planes y acciones para el rescate de espacios p煤blicos del Municipio; XVI. Participar en los procesos de identificaci贸n, declaratoria y conservaci贸n de zonas, edificaciones o elementos con valor hist贸rico o cultural; XVII. Autorizar la celebraci贸n de operaciones tendientes a la transmisi贸n de la propiedad o posesi贸n de lotes o superficies previstas para su venta, as铆 como para la celebraci贸n de operaciones sobre la transmisi贸n del dominio, posesi贸n, acciones, t铆tulos o participaciones que concedan el derecho a la utilizaci贸n de desarrollos como conjuntos habitacionales, edificios de departamentos, centros o unidades sociales, deportivos, recreativos, vacacionales y, en general, para ser utilizados bajo formas colectivas o generales; XVII. Autorizar o negar el otorgamiento de garant铆as sobre el cumplimiento de las obligaciones del propietario, desarrollador o fraccionador por un monto equivalente al de las obras de urbanizaci贸n o de la edificaci贸n, trat谩ndose en reg铆menes de propiedad en condominio por realizarse, m谩s el porcentaje que establezca la Ley y determinado en funci贸n del tiempo para su ejecuci贸n; XIX. Intervenir, conjunta y coordinadamente con el Gobierno del Estado, a trav茅s de los organismos responsables en la regularizaci贸n de la tenencia de la tierra urbana; XX. Solicitar a la Secretar铆a del Ayuntamiento, la realizaci贸n de visitas de inspecci贸n a las construcciones, edificaciones e inmuebles para comprobar el cumplimiento de la Ley de Desarrollo Urbano, los Planes de Desarrollo Urbano y usos de suelo; XXI. Apoyar t茅cnicamente a la Secretar铆a del Ayuntamiento en la realizaci贸n de visitas de inspecci贸n a las construcciones, edificaciones e inmuebles para comprobar el cumplimiento a las leyes vigentes en materia, los Planes de Desarrollo Urbano, y usos de suelo para que, en su caso, se apliquen las medidas de seguridad y sanciones que correspondan; XXII. Proponer, promover y participar en la realizaci贸n de estudios e investigaciones que conduzcan al conocimiento total de las caracter铆sticas ecol贸gicas del Municipio, para implementar modelos adecuados para el manejo de recursos o para la planeaci贸n ambiental del desarrollo; XXII. Proponer modificaciones a la reglamentaci贸n existente a efecto de incluir criterios ambientales locales, derivados de estudios e investigaciones practicados en el territorio municipal; XXIV. Coordinar las acciones directas de protecci贸n o restauraci贸n ambiental, tales como reforestaci贸n, manejo adecuado de residuos s贸lidos, reciclaje, re煤so del agua, captaci贸n y uso eficiente del agua de lluvia, control de la erosi贸n, implementaci贸n de alternativas ecol贸gicas de uso de suelo y vigilancia de 谩reas naturales protegidas y las evaluaciones de impacto ambiental; XXV. Informar a la persona Titular de la Presidencia Municipal de las acciones en materia ambiental, en las que se considera necesario solicitar el apoyo de los Consejos Ambientales de Participaci贸n Ciudadana; XXVI. Otorgar las autorizaciones en materia forestal para la poda, tala y trasplante, de acuerdo con los criterios de reposici贸n de arbolado que definan los reglamentos aplicables; XXVII. Apoyar t茅cnicamente a la Secretar铆a del Ayuntamiento en la realizaci贸n de inspecciones, suspensiones, clausuras temporales,definitivas, parciales o totales; en la aplicaci贸n de medidas de seguridad a establecimientos o predios compartidos con casas habitaci贸n en donde se realicen actividades industriales, comerciales o de servicios que emitan contaminantes al ambiente, o que instalen anuncios publicitarios, as铆 como en predios donde se afecte la vegetaci贸n; y en la imposici贸n de sanciones a sus responsables o propietarios, cuando incurran en violaciones a las disposiciones legales o reglamentarias; XXVIII. Ejecutar las acciones derivadas de la celebraci贸n de acuerdos de coordinaci贸n y cooperaci贸n de las instituciones federales, estatales o municipales, seg煤n sea el 谩rea de su competencia; XXIX. Auxiliar en lo relacionado con las demandas que se interpongan en contra de la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible, y participar coordinadamente con la Direcci贸n de Asuntos Jur铆dicos en la contestaci贸n de las demandas interpuestas en contra del Municipio cuando en el asunto se involucre a la Secretar铆a o le corresponda por la materia propia de su competencia; XXX. Resolver o remitir a las instancias correspondientes las denuncias efectuadas por la ciudadan铆a en materia de deterioro ambiental; XXXI. Realizar de manera coordinada con el Instituto Municipal de Planeaci贸n Urbana y Convivencia, estudios sobre los problemas urbanos y la Administraci贸n P煤blica Municipal; XXXII. Promover o efectuar estudios para conocer la organizaci贸n social de la comunidad, con la finalidad de programar adecuadamente las acciones de educaci贸n ambiental e implementar los modelos de utilizaci贸n de recursos y eficiencia la participaci贸n de la comunidad; XXXIII. Participar coordinadamente con las autoridades estatales y federales que regulan la protecci贸n del medio ambiente; XXXIV. Aplicar los instrumentos de pol铆tica ambiental previstos en las leyes locales en la materia y la preservaci贸n y restauraci贸n del equilibrio ecol贸gico y la protecci贸n al ambiente en bienes y zonas de jurisdicci贸n municipal en el 谩mbito de su competencia; XXXV. Aplicar las disposiciones jur铆dicas en materia de prevenci贸n y control de la contaminaci贸n visual, por vibraciones, ruidos, olores o luminosidad. Asimismo, respecto de la contaminaci贸n atmosf茅rica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, as铆 como de emisiones de contaminantes a la atm贸sfera provenientes de fuentes m贸viles que no sean consideradas de jurisdicci贸n federal, con la participaci贸n que de acuerdo con la legislaci贸n estatal, le corresponda al Gobierno del Estado; XXXVI. Aplicar las disposiciones jur铆dicas relativas a la prevenci贸n y control de los efectos sobre el ambiente ocasionados por la generaci贸n, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposici贸n final de los residuos s贸lidos dom茅sticos, comerciales, industriales y de manejo especial que no est茅n considerados como peligrosos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General para la Prevenci贸n y Gesti贸n Integral de los Residuos o la Ley que en su caso resulte aplicable; XXXVII. Crear y administrar zonas de preservaci贸n ecol贸gica de los centros de poblaci贸n y dem谩s 谩reas an谩logas previstas por la legislaci贸n local; XXXVIII. Recibir, tramitar y resolver sobre el otorgamiento de permisos y licencias de construcci贸n para todo tipo de obras y edificaciones p煤blicas y privadas; XXXIX. Revocar los acuerdos de licencias, permisos y autorizaciones que se expidan en contravenci贸n con las leyes y dem谩s disposiciones administrativas de observancia general en materia de Desarrollo Urbano, ordenamiento territorial y asentamientos humanos; XL. Promover los valores est茅ticos y armon铆a del paisaje, as铆 como la fisonom铆a del centro de poblaci贸n, a fin de prevenir la contaminaci贸n visual; XLI. Ejecutar los planes, programas y acciones para el desplazamiento de personas y mercanc铆as, atendiendo la seguridad, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusi贸n e igualdad; XLII. Ejecutar y participar en la formulaci贸n de los programas de movilidad, seguridad vial y recuperaci贸n del espacio p煤blico, previstos en los planes y programas de desarrollo urbano, as铆 como conducir, evaluar y vigilar la pol铆tica en su 谩mbito de competencia; XLIII. Participar con las autoridades federales, estatales y de otros municipios en la planeaci贸n, regulaci贸n, instrumentaci贸n e implementaci贸n de la Estrategia Sectorial y los Convenios de Coordinaci贸n Metropolitanos; XLIV. Participar en la constituci贸n de las instancias locales y de coordinaci贸n metropolitana para la implementaci贸n de acciones integrales, transversales en materia de movilidad sostenible, en apego a este Reglamento y dem谩s disposiciones legales; XLV. Celebrar convenios de coordinaci贸n con la federaci贸n, as铆 como con otras entidades federativas y municipios, para la implementaci贸n de acciones espec铆ficas, obras e inversiones en la materia; XLVI. Acompa帽ar a la Secretar铆a de Administraci贸n en los lineamientos t茅cnicos y operativos para implementar fondos para apoyar y ejecutar acciones y proyectos en materia de movilidad, infraestructura, servicios auxiliares, transporte y seguridad vial, promoviendo una mejor utilizaci贸n de las v铆as conforme a la jerarqu铆a de movilidad; CLVII. Convenir con el sector social y privado, la realizaci贸n de acciones e inversiones concertadas hacia el cumplimiento de los programas en la materia, atendiendo a los principios establecidos en la Ley; XLVIII. Expedir las autorizaciones, licencias o permisos para la realizaci贸n de obras de infraestructura para la movilidad, con estricto apego a las normas jur铆dicas locales, planes o programas; XLIX. Notificar acuerdos de tr谩mite, resoluciones de peticiones, del procedimiento administrativo, permisos, autorizaciones y/o licencias y dem谩s establecidos por la normativa aplicable, expedidos en el ejercicio de sus atribuciones, ya sea por conducto del personal subordinado o personal con facultades delegadas; L. Realizar las verificaciones t茅cnicas y/o de tr谩mite necesarias para la integraci贸n y dictaminaci贸n tendientes a resolver permisos, autorizaciones y/o licencias y dem谩s establecidos por la normativa aplicable, expedidos en el ejercicio de las atribuciones conferidas; LI. Las que le ordene la persona titular de la Presidencia Municipal, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "]
Autor铆a de la versi贸n
Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52