Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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- +["ART脥CULO 105. Corresponden a la Direcci贸n General de Movilidad y Espacio P煤blico, las obligaciones y atribuciones siguientes: I. Participar en forma conjunta con autoridades federales, estatales y municipales y dem谩s organismos especializados en el dise帽o, planeaci贸n y proyecci贸n en forma integral de los sistemas de movilidad en el territorio municipal, buscando mayor racionalidad, eficiencia y comodidad en los desplazamientos de personas y bienes; II. Atender a lo establecido en los programas de los centros de poblaci贸n en materia de movilidad, seguridad vial y recuperaci贸n del espacio p煤blico, as铆 como ejecutar las acciones y proyectos que le corresponden; III. Representar a la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible en la planeaci贸n, regulaci贸n, instrumentaci贸n e implementaci贸n de la Estrategia Sectorial y los Convenios de Coordinaci贸n Metropolitanos, con las autoridades federales, estatales y de otros municipios; IV. Proponer las adecuaciones a los programas de ordenamiento territorial que le competen; V. Promover la participaci贸n ciudadana en materia de movilidad y espacio p煤blico, dentro de los procesos de planeaci贸n, seguimiento y evaluaci贸n en la materia; VI. Proponer la constituci贸n de instancias locales y de coordinaci贸n metropolitana para la implementaci贸n de acciones integrales, transversales en materia de movilidad sostenible, seguridad vial y recuperaci贸n del espacio p煤blico; VII. Proponer los convenios de coordinaci贸n con la Federaci贸n, otras entidades federativas y municipios, para la implementaci贸n de acciones espec铆ficas, obras e inversiones en la materia, en los t茅rminos que establece la Ley; VIII. Coordinarse con los titulares de los sistemas de movilidad de la zona metropolitana para contribuir en la mejora del servicio; IX. Desarrollar estrategias, programas y proyectos para la movilidad eficiente, integrada, accesible, segura y sostenible, fomentando y priorizando el uso del transporte p煤blico y los modos no motorizados; X. Acompa帽ar a la Tesorer铆a Municipal en los lineamientos t茅cnicos y operativos para implementar fondos para apoyar e implementar acciones y proyectos en materia de movilidad, su infraestructura, servicios auxiliares, transporte y seguridad vial, promoviendo una mejor utilizaci贸n de las v铆as conforme a la jerarqu铆a de movilidad; XI. Proponer los convenios con el sector social y privado, la realizaci贸n de acciones e inversiones concertadas hacia el cumplimiento de los programas en la materia; XII. Realizar estudios para la creaci贸n, redistribuci贸n, modificaci贸n y adecuaci贸n de las v铆as urbanas; XIII. Dar visto bueno para la realizaci贸n de obras de infraestructura para la movilidad ejecutadas por instancias p煤blicas o particulares, con estricto apego a las normas jur铆dicas locales, planes o programas; XIV. Emitir visto bueno de los estudios de impacto de movilidad en el 谩mbito de su competencia y, emitir opiniones t茅cnicas o dict谩menes para la realizaci贸n de proyectos, obra y actividades por parte de particulares, de conformidad con las disposiciones jur铆dicas aplicables; XV. Impulsar la accesibilidad e inclusi贸n de personas con discapacidad y personas con movilidad limitada en las v铆as y espacios p煤blicos a cargo del Municipio, as铆 como su desplazamiento seguro y efectivo; XVI. En coordinaci贸n con otras dependencias y entidades, dirigir programas y campa帽as de cultura de movilidad, que fomenten la prevenci贸n de los siniestros de tr谩nsito y cambios de h谩bitos hacia una movilidad sostenible y segura; XVII. Promover e impulsar el transporte escolar y de personal que fomenten el uso racional del autom贸vil y los modos sostenibles como la movilidad a pie y en bicicleta para el traslado seguro y eficiente; XVIII. Contribuir en la formulaci贸n y aplicaci贸n de programas de transporte p煤blico de pasajeros y mercanc铆as cuando aquellos afecten su 谩mbito territorial; XIX. Representar al Municipio ante el Consejo Consultivo de Movilidad y Accesibilidad, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Movilidad Sostenible y Accesibilidad para el Estado de Nuevo Le贸n; XX. Representar a la Secretar铆a en el Consejo Ciudadano del Instituto Municipal de Planeaci贸n Urbana y Convivencia de Monterrey, para la toma de decisiones con respecto a la movilidad sostenible, la seguridad vial y recuperaci贸n del espacio p煤blico; XXI. Representar al Municipio ante el Fideicomiso del Sistema Integral de Tr谩nsito Metropolitano (SINTRAM); XXII. Elaborar y proponer los lineamientos y especificaciones t茅cnicas en materia de movilidad, dise帽o y seguridad vial, as铆 como recuperaci贸n del espacio p煤blico en el 谩mbito de su competencia con base en la normatividad vigente; XXIII. Elaborar, dirigir y gestionar estudios y programas que fomenten la movilidad incluyente priorizando a los grupos en situaci贸n de vulnerabilidad como ni帽as, ni帽os, mujeres, personas con discapacidad y movilidad limitada, y dem谩s personas que por su condici贸n vean afectado el ejercicio de su derecho a la movilidad; XXIV. Emitir opiniones t茅cnicas o dict谩menes para la realizaci贸n de proyectos, obras y actividades en materia de movilidad y espacio p煤blico, realizados por particulares, de conformidad con las disposiciones jur铆dicas aplicables; XXV. Autorizar cambios de sentido de circulaci贸n de las calles; XXVI. Desarrollar propuestas para la gesti贸n del estacionamiento en v铆a p煤blica; XXVII. Desarrollar programas para la instalaci贸n, operaci贸n y mantenimiento de los dispositivos del control del tr谩nsito en las v铆as a cargo del municipio; XXVIII. Realizar supervisiones t茅cnicas durante el desarrollo de proyectos de movilidad y espacio p煤blico y su implementaci贸n, con la finalidad de verificar que se llevan a cabo de conformidad con los proyectos autorizados y la normatividad aplicable en materia de movilidad; XXIX. Las conferidas en el Reglamento de Nomenclatura para la V铆a P煤blica del Municipio de Monterrey; XXX. Coordinar, supervisar y dar instrucciones a los verificadores y/o notificadores adscritos a la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible, para efecto de que ejecuten las visitas de verificaci贸n en seguimiento de los procedimientos de los tr谩mites de solicitudes de licencias, autorizaciones, permisos u otras peticiones que se realicen a la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible, as铆 como realizar las notificaciones de los acuerdos, resoluciones, oficios y dem谩s asuntos que requieran ser notificados a sus destinatarios, relativos a los temas de la competencia de esta Direcci贸n General de Movilidad y Espacio P煤blico, as铆 como de la Direcci贸n Para una Movilidad Sostenible, y de la Direcci贸n de Seguridad Vial; XXXI. Colaborar con la Direcci贸n General de Control Regulatorio y Vigilancia a fin de proporcionar la informaci贸n, incluyendo padrones, bases de datos y copias de archivos f铆sicos o electr贸nicos para la calendarizaci贸n y planeaci贸n de inspecciones t茅cnicas, vigilando el debido cumplimiento de las consideraciones y t茅rminos del permiso y/o licencia otorgado; XXXII. Dictaminar la factibilidad para la instalaci贸n, implementaci贸n y correcta operaci贸n en materia de relojes estacion贸metros en representaci贸n de la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible; XXXIII. Autorizar la instalaci贸n de reductores de velocidad, previo estudio t茅cnico que determine la cantidad y la ubicaci贸n en v铆as locales del Municipio; XXXIV. Dar el visto bueno a los proyectos de desv铆os y protecci贸n de obra de los trabajos que se realicen sobre la v铆a p煤blica, debiendo coordinarse con la Direcci贸n de Vialidad y Tr谩nsito para la correcta implementaci贸n de la se帽alizaci贸n y dispositivos, a efecto de disminuir la afectaci贸n al tr谩nsito peatonal y vehicular; XXXV. Capacitar al personal de las diferentes dependencias de la Administraci贸n P煤blica Municipal y particulares que intervengan en la instalaci贸n y mantenimiento de se帽alizaci贸n y dispositivos viales para su correcta implementaci贸n de acuerdo a los lineamientos y normas aplicables; y XXXVI. Las que le ordene la persona titular de la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "]
Autor铆a de la versi贸n
Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52