Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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- +["ART脥CULO 108. Corresponden a la Direcci贸n General para un Desarrollo Verde las obligaciones y atribuciones siguientes: I. Vigilar la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de ecolog铆a y protecci贸n ambiental; II. Establecer, a trav茅s de un diagn贸stico ambiental del Municipio, la problem谩tica existente a atender y sus causas; III. Registrar las acciones emprendidas y sus alcances en materia de reforestaci贸n, grado de recuperaci贸n de ecosistemas restaurados y niveles abatidos de contaminaci贸n; IV. Promover y realizar estudios e investigaciones que conduzcan la planeaci贸n ambiental; V. Proponer por conducto de la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible las modificaciones a la reglamentaci贸n existente a efecto de incluir criterios ambientales locales, derivados de estudios e investigaciones practicados en el territorio municipal; VI. Coordinar las acciones directas de protecci贸n o restauraci贸n ambiental; VII. Formular, conducir y evaluar la pol铆tica ambiental municipal; VIII. Proponer la creaci贸n y administrar zonas de preservaci贸n ecol贸gica de los centros de poblaci贸n y dem谩s 谩reas an谩logas previstas por la legislaci贸n local; IX. Aplicar las disposiciones jur铆dicas relativas a la regulaci贸n y control de anuncios publicitarios de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables; X. Aplicar las disposiciones jur铆dicas relativas a la prevenci贸n y control de la contaminaci贸n por vibraciones, energ铆a t茅rmica, radiaciones electromagn茅ticas y lum铆nica y olores perjudiciales para el equilibrio ecol贸gico y el ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos habitacionales de servicios e industriales, as铆 como la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones que, en su caso, resulten aplicables a las fuentes m贸viles, excepto las de jurisdicci贸n federal; XI Aplicar las disposiciones jur铆dicas en materia de prevenci贸n y control de la contaminaci贸n de las aguas que se descarguen a la v铆a p煤blica, en los sistemas de drenaje pluvial de los centros de poblaci贸n, as铆 como de las aguas nacionales que tenga asignadas, con la participaci贸n que conforme a la legislaci贸n federal y local en la materia le correspondan; XII. Participar en los cuerpos de atenci贸n de emergencias y contingencias ambientales conforme a las pol铆ticas y programas de Protecci贸n Civil Municipal que al efecto se establezcan; XIII. Proponer y vigilar la realizaci贸n de acci贸n para el manejo adecuado de residuos s贸lidos, reciclaje, re煤so del agua, captaci贸n y uso eficiente del agua de lluvia, control de la erosi贸n, implementaci贸n de alternativas ecol贸gicas de uso de suelo y vigilancia de 谩reas naturales protegidas y las evaluaciones de impacto ambiental; XIV. Establecer y promover los valores est茅ticos y armon铆a en el paisaje urbano, as铆 como una fisonom铆a del centro de poblaci贸n a fin de reforzar una identidad y prevenir la contaminaci贸n visual; XV. Proponer normas y programas para incentivar la utilizaci贸n de azoteas, traspatios y espacios p煤blicos para incrementar la cobertura vegetal de la ciudad, as铆 como para la producci贸n de alimentos; XVI. Proponer normas y programas para la eficiencia energ茅tica, as铆 como la generaci贸n, transmisi贸n y consumo de energ铆as limpias; XVII. Impulsar, coordinar, convocar y promover cursos, talleres, estudios, acciones y proyectos que difundan los valores ambientales, el respeto a los ecosistemas y la sostenibilidad; XVIII. Coordinar, supervisar y dar instrucciones a las personas verificadoras y/o notificadoras adscritos a la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible, para efecto de que ejecuten las visitas de verificaci贸n en seguimiento de los procedimientos de los tr谩mites de solicitudes de licencias, autorizaciones, permisos u otras peticiones que se realicen a la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible, as铆 como realizar las notificaciones de los acuerdos, resoluciones, oficios y dem谩s asuntos que requieran ser notificados a sus destinatarios, relativos a los temas de la competencia de esta Direcci贸n General de Para un Desarrollo Verde, as铆 como de la Direcci贸n Para la Atenci贸n del Cambio Clim谩tico, la Direcci贸n para una Ciudad Verde, y de la Direcci贸n de Eficiencia Energ茅tica; XIX. Colaborar con la Direcci贸n General de Control Regulatorio y Vigilancia a fin de proporcionar la informaci贸n, incluyendo padrones, bases de datos y copias de archivos f铆sicos o electr贸nicos, para la calendarizaci贸n y planeaci贸n de inspecciones t茅cnicas, vigilando el debido cumplimiento de las consideraciones y t茅rminos del permiso y/o licencia otorgado; y XX. Las que le ordene la persona titular de la Secretar铆a de Desarrollo Urbano Sostenible, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "]
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Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52