Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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- +["ART脥CULO 115. Son facultades y obligaciones de la Secretar铆a de Innovaci贸n y Gobierno Abierto: I. Conducir y vigilar desde una perspectiva transversal el dise帽o e implementaci贸n de propuestas normativas, de pol铆ticas y acciones de gesti贸n de datos, el gobierno digital, la gobernanza tecnol贸gica, la gobernanza de la conectividad, la gesti贸n de la infraestructura de tecnolog铆as de informaci贸n y comunicaci贸n en coordinaci贸n con las dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal; I. Dise帽ar, en coordinaci贸n con las dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal, soluciones tecnol贸gicas que permitan resolver los problemas p煤blicos del Municipio de una manera m谩s eficiente y eficaz; II. Coordinar el dise帽o, gesti贸n y actualizaci贸n de la plataforma tecnol贸gica para la gesti贸n de tr谩mites y servicios de toda la Administraci贸n P煤blica Municipal; III. Coordinar el dise帽o e implementaci贸n de los mecanismos de identidad y firma digital de la ciudadan铆a para el acceso a los tr谩mites y servicios proporcionados por las dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal, en apego a las disposiciones relativas a la protecci贸n de datos personales y seguridad establecidas en las leyes y pol铆ticas en la materia y en coordinaci贸n con las autoridades estatales y federales competentes; IV. Dise帽ar y coordinar la implementaci贸n de la mudanza digital de tr谩mites y servicios a cargo de la Administraci贸n P煤blica Municipal; V. Coordinar, con otros entes p煤blicos federales y estatales en el 谩mbito de competencia, los mecanismos y herramientas necesarias para la implementaci贸n de las pol铆ticas de gesti贸n de datos, el gobierno abierto y el gobierno digital en el Municipio; VI. Dirigir la pol铆tica transversal de formaci贸n de habilidades digitales del personal de la Administraci贸n P煤blica del Municipio, en coordinaci贸n con la Secretar铆a de Administraci贸n; VII. Coordinar la dictaminaci贸n, en los t茅rminos que la pol铆tica y los procedimientos en la materia se帽alen, la adquisici贸n de tecnolog铆as de la informaci贸n y comunicaciones que requiera la Administraci贸n P煤blica del Municipio, en coordinaci贸n con sus dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal; VIII. Dirigir el dise帽o de esquemas de fondeo en coordinaci贸n con la Tesorer铆a Municipal, con el fin de cumplir con los objetivos de la Secretar铆a de Innovaci贸n y Gobierno Abierto; IX. Instruir la elaboraci贸n del programa institucional interno de tecnolog铆as de la informaci贸n y comunicaciones, con base en un modelo de gobierno abierto, transparente y accesible para el Municipio, en coordinaci贸n con Contralor铆a y Tesorer铆a Municipal; X. Definir y coordinar al personal administrativo que servir谩 como enlace en las diferentes dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal para los procesos de Mesa de Servicios, bajo los lineamientos establecidos por esta Secretar铆a; XI. Promover, mediante esquemas transversales con la Administraci贸n P煤blica Municipal, el desarrollo de una cultura digital ciudadana y gobierno electr贸nico como un mecanismo de estrategia de inclusi贸n digital; XII. Impulsar y asesorar a las dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal para que sus acciones, procesos, decisiones y responsables de dichas decisiones de gobierno se conviertan en informaci贸n p煤blica; XIII. Definir, en coordinaci贸n con la Contralor铆a Municipal, las pol铆ticas y lineamientos para garantizar que la informaci贸n en posesi贸n de la Administraci贸n P煤blica Municipal sea p煤blica, completa, oportuna y accesible, sujeta 煤nicamente a las excepciones definidas por la legislaci贸n en la materia; XIV. Definir y dirigir las pol铆ticas y lineamientos para impulsar el principio de dise帽o centrado en la persona usuaria en la generaci贸n de servicios p煤blicos y programas gubernamentales dentro de la Administraci贸n P煤blica Municipal; XV. Definir y dirigir las pol铆ticas y lineamientos que garanticen la facilidad, sencillez, claridad y adaptabilidad del uso por parte de la persona usuaria final respecto de las herramientas, procedimientos gubernamentales o interfaces de contacto ciudadano, digitales o presenciales, elaboradas por la Administraci贸n P煤blica Municipal; XVI. Establecer las pol铆ticas y lineamientos de mejora regulatoria y la simplificaci贸n administrativa al interior de la Administraci贸n P煤blica Municipal; XVII. Promover el uso de las tecnolog铆as de informaci贸n para las acciones transversales que se establezcan en el Municipio para la implementaci贸n de la pol铆tica de mejora regulatoria; XVIII. Formular y someter a las autoridades y 贸rganos competentes de mejora regulatoria, el Programa Anual en la materia, informando los resultados en la ejecuci贸n; XIX. Proponer y asesorar en la formulaci贸n de las propuestas regulatorias y los an谩lisis de impacto correspondientes, en coordinaci贸n con las dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal, promoviendo su participaci贸n activa en la materia; XX. Recibir las quejas y propuestas de la ciudadan铆a en materia de mejora regulatoria y remitirlos a los Enlaces de Mejora Regulatoria o, en su caso a la Contralor铆a Municipal, seg煤n corresponda, para su debida atenci贸n de acuerdo con la normatividad aplicable; XXI. Establecer acuerdos y convenios de colaboraci贸n, concertaci贸n y coordinaci贸n que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la pol铆tica de mejora regulatoria; XXII. Administrar y controlar las Herramientas de Mejora Regulatoria con base en la informaci贸n proporcionada por los sujetos obligados; XXIII. Emitir propuestas y recomendaciones sobre nuevos proyectos de digitalizaci贸n, simplificaci贸n administrativa de tr谩mites y servicios; XXIV. Verificar el cumplimiento de las dependencias y entidades en materia de Mejora Regulatoria; XXV. Supervisar y evaluar las pol铆ticas y acciones en materia de gesti贸n de datos, el gobierno abierto, el gobierno digital, la gobernanza tecnol贸gica, la gobernanza de la conectividad, la gesti贸n de la infraestructura y la mejora regulatoria de la Administraci贸n P煤blica Municipal, de conformidad con sus atribuciones y la normatividad en la materia; XXVI. Proponer a la persona titular de la Presidencia Municipal y elaborar los acuerdos, convenios y/o cualquier otro mecanismo de cooperaci贸n t茅cnica y/o econ贸mica con autoridades del 谩mbito federal, estatal o municipal, as铆 como instituciones, 贸rganos u organismos nacionales e internacionales, p煤blicos y/o privados, para el cumplimiento de las atribuciones de la Secretar铆a Innovaci贸n y Gobierno Abierto; XXVII. Coordinar la realizaci贸n de estudios y an谩lisis sobre mejores pr谩cticas de gobierno e innovaci贸n, ya sea por la misma Secretar铆a Innovaci贸n y Gobierno Abierto o en coordinaci贸n con otros organismos p煤blicos o privados y emitir propuestas para generar soluciones eficaces y eficientes a los problemas p煤blicos del Municipio; y XXVIII. Las que le ordene la persona titular de la Presidencia Municipal, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "]
Autor铆a de la versi贸n
Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52