Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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- +["ART脥CULO 124. Corresponden a la Direcci贸n General de Promoci贸n del Bienestar las siguientes atribuciones: I. Promover, en el 谩mbito de su competencia, la obtenci贸n de recursos de parte de los sectores p煤blico, social y privado para ampliar la cobertura de los programas y acciones que implemente la Secretar铆a en materia de desarrollo social y promoci贸n del bienestar de la poblaci贸n del Municipio; II. Apoyar la participaci贸n de la Secretar铆a dentro del Sistema Nacional de Desarrollo Social, en t茅rminos que se帽ala la Ley General de Desarrollo Social; III. Dise帽ar, en colaboraci贸n con la Secretar铆a Ejecutiva, la Secretar铆a de Participaci贸n Ciudadana y el Instituto Municipal de Planeaci贸n Urbana y Convivencia, estrategias y acciones de coordinaci贸n, colaboraci贸n y acercamiento para la atenci贸n y participaci贸n de la poblaci贸n en materia de desarrollo social y promoci贸n del bienestar; IV. Coordinar la elaboraci贸n, actualizaci贸n y difusi贸n del cat谩logo de programas, proyectos y servicios que presta la Secretar铆a de Desarrollo Humano e Igualdad Sustantiva; V. Formular las reglas de operaci贸n de los programas a su cargo, cuando le sean requeridas; VI. Promover, en coordinaci贸n con la Direcci贸n de Igualdad Sustantiva, la participaci贸n, inclusi贸n y no discriminaci贸n de las personas, con 茅nfasis en la poblaci贸n en situaci贸n de movilidad, personas en situaci贸n de calle, personas con discapacidad, personas adultas mayores, personas de la comunidad LGBTTTIQ+, personas ind铆genas, mujeres y cualquier otro grupo en situaci贸n de vulnerabilidad, para orientar la toma de decisiones y la definici贸n de las pol铆ticas p煤blicas que aseguren la igualdad sustantiva en el Municipio; VII. Emitir los dict谩menes, opiniones, informes, estudios y proyectos que le sean solicitados por la persona titular de la Secretar铆a; VIII. Ejecutar el Programa Municipal de Desarrollo Social como parte del Plan Municipal de Desarrollo, conforme al Programa Estatal de Desarrollo; IX. Supervisar la implementaci贸n de las pol铆ticas y acciones de salud p煤blica para garantizar el derecho a la protecci贸n de la salud en el municipio, en la esfera de su competencia; X. Elaborar las pol铆ticas y lineamientos para la prestaci贸n de los servicios m茅dicos de atenci贸n b谩sica de salud conforme a lo establecido en la Ley Estatal de Salud y en los convenios realizados con el Gobierno del Estado, as铆 como supervisar su aplicaci贸n; XI. Coordinar la implementaci贸n de los programas y campa帽as de informaci贸n sobre h谩bitos alimenticios saludables, una buena nutrici贸n y la activaci贸n f铆sica para contrarrestar el sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria; XII. Coordinar la implementaci贸n de las pol铆ticas, lineamientos y acciones del Programa de atenci贸n m茅dica; XIII. Coordinar la implementaci贸n de programas y acciones para la prevenci贸n del consumo de narc贸ticos, as铆 como los programas de atenci贸n contra las adicciones, entre la poblaci贸n del Municipio, en la esfera de su competencia; XIV. Coordinar y asegurar la supervisi贸n de los servicios que proporciona el Municipio de Monterrey en materia de control de fauna urbana; XV. Promover la celebraci贸n de convenios y acuerdos entre los tres 贸rdenes de gobierno, organizaciones de la sociedad civil, instituciones p煤blicas y privadas, y organismos no gubernamentales, que contribuyan a la salud p煤blica municipal; XVI. Coordinar la implementaci贸n de las pol铆ticas, estrategias y programas en materia de educaci贸n, de acuerdo con el Plan Municipal de Desarrollo; XVII. Promover la celebraci贸n de convenios de colaboraci贸n que coadyuven al fortalecimiento y ampliaci贸n de las acciones educativas instrumentadas por el Municipio; XVIII. Proponer y supervisar la aplicaci贸n de las pol铆ticas y lineamientos para el funcionamiento de la Red de Bibliotecas P煤blicas Municipales; XIX. Proponer y supervisar la aplicaci贸n de las pol铆ticas y lineamientos en materia de otorgamiento de becas municipales a estudiantes de escasos recursos y a los programas de est铆mulo y promoci贸n al talento del Municipio; XX. Proponer y supervisar las pol铆ticas, programas y acciones, en coordinaci贸n con la Secretar铆a de Desarrollo Econ贸mico Municipal, el Instituto de la Juventud Regia y la Secretar铆a de Participaci贸n Ciudadana, que permitan detonar proyectos productivos y en general, cualquier tipo de proyecto que contribuyan al desarrollo de la juventud del Municipio; XXI. Organizar, en coordinaci贸n con la Direcci贸n de Centros de Bienestar Familiar, eventos deportivos y recreativos que fomenten la participaci贸n de las familias; XXII. Supervisar el cumplimiento de las pol铆ticas y lineamientos de cultura f铆sica y deporte, en los t茅rminos del Plan Municipal de Desarrollo; XXIII. Supervisar el desarrollo de programas para la formaci贸n, capacitaci贸n y certificaci贸n en materia de cultura f铆sica y deporte; XXIV. Coordinar la elaboraci贸n del programa anual de talleres deportivos; XXV. Supervisar el cumplimiento de las pol铆ticas y lineamientos en las autorizaciones de las solicitudes de apoyo a la participaci贸n oficial de deportistas en competencias regionales, nacionales e internacionales, as铆 como la integraci贸n y preparaci贸n t茅cnica de preselecciones y selecciones; XXVI. Coordinar, en colaboraci贸n con la Direcci贸n de Igualdad Sustantiva, la implementaci贸n de acciones para el desarrollo deportivo municipal de los grupos en situaci贸n de vulnerabilidad; XXVII. Auxiliar al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio en la realizaci贸n de diagn贸sticos de intereses y necesidad de desarrollo de educaci贸n no formal; XXVIII. Coadyuvar, con los Centros de Bienestar Familiar, en la implementaci贸n de iniciativas ciudadanas en beneficio de las familias y comunidad; XXIX. Coordinar la planeaci贸n de las acciones en materia de salud, deportes, cultura y educaci贸n, otorgando el apoyo t茅cnico a las direcciones para la ejecuci贸n de los planes, programas y proyectos estrat茅gicos; y XXX. Las que le ordene la persona titular de la Secretar铆a de Desarrollo Humano e Igualdad Sustantiva, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "]
Autor铆a de la versi贸n
Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52