Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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- +["ART脥CULO 148. Corresponden a la Direcci贸n de Gesti贸n, Enlace y Proyectos Estrat茅gicos las siguientes atribuciones: I. Implementar el proceso de integraci贸n del portafolio de proyectos estrat茅gicos, con base en las instrucciones de la persona titular de la Presidencia Municipal y en lo se帽alado en el Plan Municipal de Desarrollo; II. Identificar los montos de inversi贸n y alcance de los proyectos estrat茅gicos del Gobierno Municipal con el fin de, bajo la coordinaci贸n de la Tesorer铆a Municipal, incorporar en la programaci贸n del presupuesto anual los requerimientos respectivos; III. Supervisar y coordinar bajo las instrucciones de la persona titular de la Secretar铆a Ejecutiva y la persona titular de la Presidencia Municipal, a las personas titulares de las dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal, a efecto de que, de manera transversal y horizontal, se ejecuten las acciones necesarias para la materializaci贸n de los proyectos estrat茅gicos institucionales; IV. Dise帽ar y establecer los procedimientos para la formulaci贸n, implementaci贸n y seguimiento de los proyectos estrat茅gicos; V. Coadyuvar con la Contralor铆a Municipal y el Instituto Municipal de Planeaci贸n Urbana y Convivencia, en la construcci贸n, definici贸n y difusi贸n al interior de la Administraci贸n P煤blica Municipal, de los lineamientos y criterios para el dise帽o, integraci贸n y seguimiento de los proyectos estrat茅gicos; VI. Preparar informes sobre el estado de los proyectos estrat茅gicos, los cuales ser谩n presentados a la persona titular de la Secretar铆a Ejecutiva y persona titular de la Presidencia Municipal y podr铆an incluir an谩lisis detallados, recomendaciones y posibles ajustes necesarios en la ejecuci贸n de los proyectos; VII. Analizar y proponer medidas para atender las situaciones extraordinarias que se presenten en la gesti贸n de los proyectos estrat茅gicos; VIII. Proponer a las autoridades competentes, la posible constituci贸n o participaci贸n en fideicomisos, asociaciones y/o sociedades que se requieran para el armado y desarrollo de los proyectos estrat茅gicos; IX. Coordinar la elaboraci贸n e integraci贸n del informe anual de gobierno que rinda la persona titular de la Presidencia Municipal, pudiendo auxiliarse de las dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal; X. Representar al Titular de la Presidencia Municipal, por instrucci贸n del Titular de la Secretaria Ejecutiva, en las comisiones u 贸rganos metropolitanos que le sean encomendados; y en coordinaci贸n con las dependencias y entidades competentes de la Administraci贸n P煤blica Municipal, participar en los trabajos, comisiones y acciones metropolitanas que se establezcan; XI. Dar seguimiento al Modelo de Gesti贸n y Operaci贸n de la Administraci贸n P煤blica Municipal; Manuales de Organizaci贸n, Manuales diversos, Reglas de Operaci贸n, lineamientos, procedimientos, protocolos, instructivos y formatos inherentes a los procesos del Sistema de Gesti贸n de la Administraci贸n P煤blica Municipal; as铆 como presentarlos para su expedici贸n ante el Ayuntamiento o la Contralor铆a Municipal, en los casos que aplique, con fundamento en el marco normativo y jur铆dico; XII. Supervisar el cumplimiento de los indicadores y compromisos de programas implementados por organismos de la sociedad civil y consejos de sectores p煤blicos y/o privados, garantizando la disponibilidad de informaci贸n actualizada y la correcta articulaci贸n con las dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal; XIII. Actuar como enlace de la Secretar铆a Ejecutiva, con las diversas dependencias y entidades de la Administraci贸n P煤blica Municipal, con el prop贸sito de mantener una permanente comunicaci贸n y coordinaci贸n de las instrucciones de la persona titular de la Presidencia Municipal, as铆 como del avance de proyectos estrat茅gicos; XIV. Dar seguimiento a la ejecuci贸n de los programas, proyectos o actividades que le correspondan a la Secretar铆a Ejecutiva en el contexto del Plan Municipal de Desarrollo y normativas legales correspondientes; XV. Servir como la unidad administrativa de enlace y atenci贸n institucional de la Secretar铆a, con la Tesorer铆a Municipal, la Secretar铆a de Administraci贸n, la Contralor铆a Municipal, la Direcci贸n de Asuntos Jur铆dicos de la Secretar铆a del Ayuntamiento y el Instituto Municipal de Planeaci贸n Urbana y Convivencia; para el seguimiento de los procesos y los tr谩mites de sus respectivas competencias; XVI. Aplicar, observar y difundir al interior las pol铆ticas, normativas, lineamientos y, en general, las disposiciones emitidas por la Secretar铆a Ejecutiva y el Instituto Municipal de Planeaci贸n Urbana y Convivencia, en materias Comunicaci贸n Social y Planeaci贸n respectivamente; y XVII. Las que le ordene la persona titular de la Secretar铆a Ejecutiva, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan."]
Autor铆a de la versi贸n
Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52