Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
Abrogaci贸n y Expedici贸n del Reglamento de la Administraci贸n P煤blica Municipal de Monterrey
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- +["ART脥CULO 165. Corresponden a la Direcci贸n de Gestor铆a Social las siguientes atribuciones: I. Gestionar y asegurar el acceso y entrega de todos los programas municipales a la ciudadan铆a mediante el desarrollo de diversas acciones de planeaci贸n, programaci贸n, operaci贸n, seguimiento, control y evaluaci贸n del mismo, en coordinaci贸n con el Instituto Municipal de Planeaci贸n Urbana y Convivencia; II. Recibir las solicitudes, tramitar y realizar la entrega de los programas sociales aprobados; III. Vincular a la ciudadan铆a a los programas espec铆ficos acorde a las necesidades; IV. Organizar y dar seguimiento a los programas sociales, con especial e虂nfasis en poblaci贸n en situaci贸n de pobreza, promoviendo la participaci贸n de los gobiernos Federal, Estatal y de las dependencias municipales; V. Impulsar y coordinar la prestaci贸n de servicios p煤blicos y programas dirigidos a comunidades o grupos en situaci贸n de vulnerabilidad; VI. Mantener actualizado el Padr贸n de Beneficiarios Municipal de conformidad con la normatividad aplicable; y VII. Las que le ordene la persona titular de la Secretar铆a de Participaci贸n Ciudadana, de la Direcci贸n General de Promoci贸n Ciudadana, as铆 como las dem谩s que las leyes y reglamentos aplicables establezcan. "]
Autor铆a de la versi贸n
Versi贸n creada el
11/04/2025 17:52