Reforma por Modificación y Adición al Reglamento para las Construcciones del municipio de Monterrey, Nuevo León
Reglamento para las Construcciones del municipio de Monterrey
DESCRIPCIÓN DE LOS REQUISITOS DE LA TABLA ANTERIOR:
1. a 11. …………….
12. Estudio de impacto ambiental con las medidas de mitigación, en relación con la fracción V, del penúltimo párrafo de éste artículo; así como en los supuestos indicados en el artículo 81, párrafos segundo y tercero, del Reglamento de Zonificación.
13. a 14…………….
Adicionalmente a lo establecido en los párrafos anteriores, cualquiera que sea el tipo de construcción, se deben de cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:
I. a IV. ………………
V.- Ficha ambiental, conforme al formato oficial y proporcionando la información que en la misma se solicita, solo para las solicitudes de construcciones Tipo 4a, 4b, y 4c, con base a la información que se proporcione en está documental la Dirección General de Desarrollo Verde determinará si es necesario que se presente la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA);
VI.- …………….
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Debemos esperar el resolutivo antes de cualquier otro permiso, El Cerro de las Águilas un ejemplo. En concreto el permiso de rasantes es 2008, el permiso urbanistico en 2006, la MIA (condatos falsos y en confianza a la palabra) es 2011, el resolutivo es 2012, el cambio de uso de suelo de forestal a urbano es 2012....guardaron todos estos años los permisos y fueron adecuando ahora, consiguen amparos sobre el permiso de rasantes (2006) y alegan derechos adquiridos. ILEGAL pero asi se las gastan. No nevesitamos ser mas laxos, necesitamos dar mas certeza juridica AL CIUDADANO y mantenernos informados por medios mas apropiados, nuestras formas comunes de participar.
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