Reforma por Modificación y Adición al Reglamento para las Construcciones del municipio de Monterrey, Nuevo León
Reglamento para las Construcciones del municipio de Monterrey
DESCRIPCIÓN DE LOS REQUISITOS DE LA TABLA ANTERIOR:
1. a 11. …………….
12. Estudio de impacto ambiental con las medidas de mitigación, en relación con la fracción V, del penúltimo párrafo de éste artículo; así como en los supuestos indicados en el artículo 81, párrafos segundo y tercero, del Reglamento de Zonificación.
13. a 14…………….
Adicionalmente a lo establecido en los párrafos anteriores, cualquiera que sea el tipo de construcción, se deben de cumplir con la presentación de los siguientes requisitos:
I. a IV. ………………
V.- Ficha ambiental, conforme al formato oficial y proporcionando la información que en la misma se solicita, solo para las solicitudes de construcciones Tipo 4a, 4b, y 4c, con base a la información que se proporcione en está documental la Dirección General de Desarrollo Verde determinará si es necesario que se presente la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA);
VI.- …………….
22 comentarios
Me gustaría proponer que el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) aplicables a la construcción se incluya como un requisito explícito en el reglamento, particularmente en el apartado de otorgamiento de licencias de construcción. Aunque las NOMs ya son de cumplimiento obligatorio a nivel federal, su mención directa en el reglamento municipal fortalecería la seguridad jurídica, facilitaría su aplicación por parte de proyectistas y revisores, y aseguraría construcciones más seguras, eficientes y sustentables.
En que se basará la Dirección General de Desarrollo Verde para decidir quiénes sí y quiénes no deberán presentar el impacto ambiental? Y más si se habla de construcciones tipo 4a, 4b y 4c que son vivienda multifamiliar, deberían presentar MIA ya que son construcciones de alto impacto o debería la Dirección establecer críterios claros para la determinación de las obras a las que se les requerirá MIA
La Manifestación de Impacto Ambiental debe mantenerse porque es la única que obliga al constructor a cuidar, conservar y en su caso demostrar la remediación al suelo sujeto a construir. Si desde el Gobierno Federal no lo valoran y lo ignoran, no debe ser el caso aquí, si queremos a nuestra ciudad.
La MIA es el unico recurso previo a la afectacion del entorno .... Ya construido no es reparable el daño. Debe de continuarse con este requerimiento.
Las afectaciones a corrientes de agua, cerros y vegetacion se requieren previo a la autorizacion
Debemos esperar el resolutivo antes de cualquier otro permiso, El Cerro de las Águilas un ejemplo. En concreto el permiso de rasantes es 2008, el permiso urbanistico en 2006, la MIA (condatos falsos y en confianza a la palabra) es 2011, el resolutivo es 2012, el cambio de uso de suelo de forestal a urbano es 2012....guardaron todos estos años los permisos y fueron adecuando ahora, consiguen amparos sobre el permiso de rasantes (2006) y alegan derechos adquiridos. ILEGAL pero asi se las gastan. No nevesitamos ser mas laxos, necesitamos dar mas certeza juridica AL CIUDADANO y mantenernos informados por medios mas apropiados, nuestras formas comunes de participar.
Para preservar un crecimiento ordenado., Debe conservarse la resolución para el permiso, ya que afecta los intereses a ambos , tanto a la ciudadanía como al fraccionador y para tener un medio previo a una construcción , además de incluir todas las factibilidades liberadas., es de suma importancia estudiar la conservación y respeto a la naturaleza
Estoy en contra de que se retire el resolutivo del “Manifiesto de Impacto Ambiental” en el reglamento de la construcción del municipio de Monterrey.
En mi colonia ya existen muchos problemas de drenaje, inundaciones, deforestación, trafico excesivo, etc.
Con este retiro, no solo nos veremos tremendamente afectados los residentes actuales, sino tambien los futuros habitantes.
Me gustaría expresar mi preocupación sobre la modificación propuesta en el punto V del artículo correspondiente, donde se elimina la exigencia de presentar el resolutivo de la autoridad competente junto con la MIA. Considero que este cambio reduce significativamente el rigor en la evaluación ambiental de los proyectos, ya que presentar una MIA sin el resolutivo no garantiza que ésta haya sido aprobada ni que cumpla con los requisitos legales y técnicos necesarios.
Solicito que se mantenga el requisito original de incluir tanto la MIA como su resolutivo, con el fin de asegurar que todas las construcciones de alto impacto cumplan con los lineamientos de desarrollo sustentable y protección ambiental. Este tipo de control es esencial para garantizar un crecimiento urbano ordenado, responsable y respetuoso con el medio ambiente y la calidad de vida de las y los ciudadanos.
Gracias por abrir este espacio de participación.
Me gustaría expresar mi preocupación sobre la modificación propuesta en el punto V del artículo correspondiente, donde se elimina la exigencia de presentar el resolutivo de la autoridad competente junto con la MIA. Considero que este cambio reduce significativamente el rigor en la evaluación ambiental de los proyectos, ya que presentar una MIA sin el resolutivo no garantiza que ésta haya sido aprobada ni que cumpla con los requisitos legales y técnicos necesarios.
Solicito que se mantenga el requisito original de incluir tanto la MIA como su resolutivo, con el fin de asegurar que todas las construcciones de alto impacto cumplan con los lineamientos de desarrollo sustentable y protección ambiental. Este tipo de control es esencial para garantizar un crecimiento urbano ordenado, responsable y respetuoso con el medio ambiente y la calidad de vida de las y los ciudadanos.
En contra
Me gustaría expresar mi preocupación sobre la modificación propuesta en el punto V del artículo correspondiente, donde se elimina la exigencia de presentar el resolutivo de la autoridad competente junto con la MIA. Considero que este cambio reduce significativamente el rigor en la evaluación ambiental de los proyectos, ya que presentar una MIA sin el resolutivo no garantiza que ésta haya sido aprobada ni que cumpla con los requisitos legales y técnicos necesarios.
Solicito que se mantenga el requisito original de incluir tanto la MIA como su resolutivo, con el fin de asegurar que todas las construcciones de alto impacto cumplan con los lineamientos de desarrollo sustentable y protección ambiental. Este tipo de control es esencial para garantizar un crecimiento urbano ordenado, responsable y respetuoso con el medio ambiente y la calidad de vida de las y los ciudadanos.
En contra total, hoy más que nunca esto debe ser un requisito obligatorio debido al caos de todo tipo ambiental en que nos encontramos en la ciudad y debido a que, lamentablemente, aún con requisitos obligatorios, muchos se lo pasan por encima.
Estoy en contra de que se otorguen permisos sin tener la resolución del MIA, hemos visto los desastres que se originan por las malas planeaciones. Primero la resolución del MIA y después valorar el permiso de construcción.
En contra de qué se otorguen permisos sin tener la resolución del MIA.
La mala planeacion e impacto afectan no solo a los habitants, pero a la flora y fauna.
Primero debe estar la resolución del MIA, luego se puede iniciar con Los procesos para otorgar Los permisos de construccion
En contra de que se autoricen permisos de contrucción sin la resolución de la Manifestación de impacto ambiental, se espera que las autoridades sean más exigentes cada vez con estas autorizaciones de cambio de uso de suelo, no solo cobrar para compensar comprando y regalando arbolitos en sus "programas verdes" sino exigir a las constructoras y desarrolladores, el número adecuado de metros cuadrados como espacio de uso público, el cual se garantice que se preservará con especies arboreas nativas y programa de mantenimiento. Exigimos contar con un ordenamiento urbano más responsable social y ambientalmente en lo referente a cambio de uso de suelo - construcción; nos toca cuidar el medio ambiente ya que formamos parte del mismo.
Estoy en contra de empezar la construcción de espacios sin tener resolución de la Manifestación de impacto ambiental.
Estoy en contra de empezar la construcción de espacios sin tener resolución de la Manifestación de impacto ambiental.
Estoy en contra, esta medida no solo representa un grave retroceso en la protección de nuestro entorno, sino que también pone en riesgo la salud de nuestras comunidades y la sostenibilidad de nuestros recursos naturales. No podemos permitir que el desarrollo avance a costa del medio ambiente; necesitamos decisiones responsables que garanticen un futuro habitable para todos.
La planificación sostenible y la protección ambiental deben ser prioritarias en cualquier proyecto de construcción.
Estoy en desacuerdo con iniciar la construcción de cualquier espacio sin contar previamente con la resolución de la Manifestación de Impacto Ambiental.
Totalmente en desacuerdo!
El estudio de impacto ambiental es primordial en cualquier construcción. De no hacerlo la sociedad se verá directamente afectada, así como la planeacion y crecimiento a futuro de nuestra ciudad. La sustentabilidad es el eje principal para el correcto desarrollo de una ciudad con calidad de vida.
Estoy en contra.
No se vale que omitan la resolución autorizada del manifiesto de impacto ambiental para proporcionar los permisos de construcción.
EN CONTRA DE QUE SE ELIMINE EL RESOLUTIVO DEL MIA
Si se elimina este requisito del resolutivo del MIA, podrían ocurrir las siguientes consecuencias:
- Degradación ambiental: La falta de evaluación y mitigación de los impactos ambientales puede llevar a la degradación del medio ambiente y poner en riesgo la salud y el bienestar de las personas.
- Problemas legales: Si el resolutivo del MIA es negativo meses después de que se haya otorgado el permiso de construcción, puede surgir un pleito legal que perjudique a la zona donde se encuentra la construcción.
- Construcciones irregulares: La falta de regulación puede llevar a la proliferación de construcciones irregulares que no cumplen con los estándares ambientales y urbanos.
Corresponsabilidad:
-Es importante que las autoridades sean corresponsables del compromiso que se tiene del cuidado del medio ambiente. -La protección del medio ambiente es fundamental para la supervivencia de la humanidad y la biodiversidad.
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