Reforma por Modificación y Adición al Reglamento para las Construcciones del municipio de Monterrey, Nuevo León
Reglamento para las Construcciones del municipio de Monterrey
TRANSITORIOS
PRIMERO. Las presentes reformas entrarán en vigor a los 5 días hábiles a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la aplicación y observancia de los preceptos reformados de este Reglamento.
TERCERO. Los procedimientos que se encuentren en trámite con anterioridad a la entrada en vigor de la presente reforma, serán concluidos aplicando las nuevas disposiciones reformadas.
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El Manifiesto de Impacto Ambiental no debe desaparecer y menos entrar en debate. El impacto de su desaparición como requisito para la construcción pone en riesgo que ocurran catástrofes ambientales. Es imperativo que se conserve el MIA como un requisito para otorgar permisos de construcción
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