Reforma por Modificación y Adición al Reglamento para las Construcciones del municipio de Monterrey, Nuevo León
Reglamento para las Construcciones del municipio de Monterrey
TRANSITORIOS
PRIMERO. Las presentes reformas entrarán en vigor a los 5 días hábiles a partir de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la aplicación y observancia de los preceptos reformados de este Reglamento.
TERCERO. Los procedimientos que se encuentren en trámite con anterioridad a la entrada en vigor de la presente reforma, serán concluidos aplicando las nuevas disposiciones reformadas.
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No estoy de acuerdo con eliminar el resolutivos de la MIA.
Es absurdo permitir que se realicen obras de construcción sin contar con estudios pertinentes, es trabajar a marcha forzada, arbitraría y sin garantías, saltandose el impacto ambiental que Medio Ambiente estatal o SEMARNART y PROFEPA se encargan de regular, violenta el derecho a un medio ambiente adecuado para él desarrollo y bienestar de todas las personas y pone en riego a las personas al ofrecerles espacios que aún no garantizan todos los estudios y requisitos para su construcción.
Estamos en 2025, esto ya no es el siglo XX, ya no pueden jugar al azar que para cuando una obra tenga el resolutivo (o su negativa) de la MIA, el daño medioambiental ya estaría hecho, lo cual tambien son recursos desperdiciados y otra vulneración que facilita estafas.
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