Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
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Cambios en "Artículo 48. "
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Título
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- +{"es"=>"Artículo 48. "}
Cuerpo
- -["Artículo 48. El Municipio deberá contar con una Política de Seguridad de los Datos que proteja en todo momento la Infraestructura Tecnológica, propia o de terceros contratados, así como la confidencialidad e integridad de los datos que compartan a través de redes e internet."]
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El Municipio deberá contar con una Política de Seguridad de los Datos que proteja en todo momento la Infraestructura Tecnológica, propia o de terceros contratados, así como la confidencialidad e integridad de los datos que compartan a través de redes e internet.
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14/06/2023 16:37