Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
#GobernanzaTecnologica AhoraInnovamosJuntos (Enlace externo) Iniciativa de Reglamento de Gobernanza Tecnológica para el Municipio de Monterrey
Cambios en "Artículo 133. "
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- +["Artículo 133.Los niveles de desarrollo que se establezcan dentro del modelo de infraestructura tecnológica, deberán de contemplar al menos: 1. Un primer nivel donde se administran los componentes y activos tecnológicos consistente en computadoras, sistemas de información o aplicaciones desarrolladas en la nube, bases de datos del Municipio; 2. Un segundo nivel donde se determina su alcance dentro de un área Dirección o Secretaría, así como sus efectos y áreas de desarrollo tecnológico con impacto en toda la cobertura del Municipio; y 3. Un tercer nivel donde se defina un plan de actualización futura de acuerdo a las nuevas tecnologías, contemplando los elementos como reemplazo de equipos por obsolescencia tecnológica, y a su vez los cambios en aplicaciones o bases de datos hacia nuevos modelos o nuevas definiciones que decida utilizar el Municipio."]
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09/06/2023 15:47