Consulta del Reglamento de Gobernanza Tecnol贸gica para el Municipio de Monterrey
#GobernanzaTecnologica AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Gobernanza Tecnol贸gica para el Municipio de Monterrey
Cambios en "Art铆culo 133. "
脕mbito
- +Distritos
T铆tulo
- -{"es"=>"133"}
- +{"es"=>"Art铆culo 133. "}
Cuerpo
- -["Art铆culo 133.Los niveles de desarrollo que se establezcan dentro del modelo de infraestructura tecnol贸gica, deber谩n de contemplar al menos: 1. Un primer nivel donde se administran los componentes y activos tecnol贸gicos consistente en computadoras, sistemas de informaci贸n o aplicaciones desarrolladas en la nube, bases de datos del Municipio; 2. Un segundo nivel donde se determina su alcance dentro de un 谩rea Direcci贸n o Secretar铆a, as铆 como sus efectos y 谩reas de desarrollo tecnol贸gico con impacto en toda la cobertura del Municipio; y 3. Un tercer nivel donde se defina un plan de actualizaci贸n futura de acuerdo a las nuevas tecnolog铆as, contemplando los elementos como reemplazo de equipos por obsolescencia tecnol贸gica, y a su vez los cambios en aplicaciones o bases de datos hacia nuevos modelos o nuevas definiciones que decida utilizar el Municipio."]
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+["
Los niveles de desarrollo que se establezcan dentro del modelo de infraestructura tecnol贸gica, deber谩n de contemplar al menos:
1. Un primer nivel donde se administran los componentes y activos tecnol贸gicos consistente en computadoras, sistemas de informaci贸n o aplicaciones desarrolladas en la nube, bases de datos del Municipio;
2. Un segundo nivel donde se determina su alcance dentro de un 谩rea Direcci贸n o Secretar铆a, as铆 como sus efectos y 谩reas de desarrollo tecnol贸gico con impacto en toda la cobertura del Municipio; y
3. Un tercer nivel donde se defina un plan de actualizaci贸n futura de acuerdo a las nuevas tecnolog铆as, contemplando los elementos como reemplazo de equipos por obsolescencia tecnol贸gica, y a su vez los cambios en aplicaciones o bases de datos hacia nuevos modelos o nuevas definiciones que decida utilizar el Municipio.
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