Consulta del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
#MejoraRegulatoria AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
Cambios en "Artículo 54. "
Título
- -{"es"=>"56"}
- +{"es"=>"Artículo 54. "}
Cuerpo
- -["Artículo 54. Cualquier ciudadano o persona moral de cualquier nacionalidad que opere en el Municipio, o tenga el propósito evidente de operar en éste, podrán formular las quejas en los casos siguientes:Cuando un trámite o servicio ponga en riesgo la seguridad y/o salud de la población del Municipio.Cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del Trámite o Servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones VI, VIII, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XX, XXI del artículo 31 de esta Reglamento."]
-
+["
Cualquier ciudadano o persona moral de cualquier nacionalidad que opere en el Municipio, o tenga el propósito evidente de operar en éste, podrán formular las quejas en los casos siguientes:
I. Cuando un trámite o servicio ponga en riesgo la seguridad y/o salud de la población del Municipio.
II. Cuando con acciones u omisiones el servidor público encargado del Trámite o Servicio niegue la gestión sin causa justificada, altere o incumpla con las fracciones VI, VIII, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XX, XXI del artículo 31 de esta Reglamento.
"]