Consulta del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
#MejoraRegulatoria AhoraInnovamosJuntos (Enlace externo) Iniciativa de Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
Artículo 62.
Los Sujetos Obligados deberán presentar su Agenda Regulatoria ante la Comisión Municipal dentro en los primeros cinco días de los meses de mayo y noviembre de cada año, misma que podrá ser aplicada en los periodos subsecuentes de junio a noviembre y de diciembre a mayo respectivamente. La Agenda Regulatoria de cada Sujeto Obligado deberá informar al público la Regulación que se pretenda crear, modificar o eliminar en dichos periodos.
Al momento de la presentación de la Agenda Regulatoria de los Sujetos Obligados, la Comisión Municipal sujetara a consulta pública por un plazo mínimo de veinte días. La Comisión Municipal remitirá a los Sujetos Obligados las opiniones vertidas en la consulta pública mismas que no tendrán carácter vinculante.
La Agenda Regulatoria de los Sujetos Obligados deberá incluir al menos:
I. Dependencia Responsable;
II. Número de folio asignado;
III. Acción Regulatoria (emitir, reformar, derogar o abrogar);
IV. Nombre preliminar de la propuesta regulatoria;
V. Identificar el valor de la propuesta regulatoria (alto o bajo impacto);
VI. Materia sobre la que versará la regulación;
VII. Problemática que se pretende resolver con la regulación;
VIII. Justificación para emitir la propuesta regulatoria, y
IX. Fecha tentativa de presentación.
Los Sujetos Obligados podrán iniciar los trabajos de elaboración de sus Propuestas Regulatorias aun cuando la materia o tema no esté incluida en su Agenda Regulatoria, pero no podrán ser emitidos sin que estén incorporados a dicha Agenda, salvo por las excepciones establecidas en el siguiente artículo.
Enmiendas (1)
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Creado el
20/10/2022 -
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