Consulta del Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
#MejoraRegulatoria AhoraInnovamosJuntos Iniciativa de Reglamento de Mejora Regulatoria para el Municipio de Monterrey
Cambios en "Art铆culo (por incorporar)."
T铆tulo
- -{"es"=>"Art铆culo 94. "}
- +{"es"=>"Art铆culo (por incorporar)."}
Cuerpo
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Los Sujetos Obligados, fomentar谩n el uso de afirmativa ficta para aquellos tr谩mites cuya resoluci贸n no implique un riesgo para la sociedad, a la vida, al medio ambiente o a la econom铆a.
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ART脥CULO (n煤mero *por incorporar*).- El municipio podr谩 otorgar dos tipos de certificados de homologaci贸n: la homologaci贸n definitiva y la homologaci贸n provisional.
- La homologaci贸n definitiva es aquella que se otorga por 煤nica vez y consta del consentimiento inherente del municipio para otorgar las licencias de los derechos de explotaci贸n comercial de los bienes y servicios de dominio p煤blico por el tiempo total de vigencia de la concesi贸n administrativa. Para que opere la homologaci贸n, debe cumplirse con el refrendo anual para el uso y explotaci贸n de los bienes y servicios otorgados, adem谩s, quien tiene los derechos deber谩 hacer de conocimiento de las autoridades administrativas si hubiese alg煤n cambio circunstancial con los bienes o servicios de dominio p煤blico. La vigencia de la homologaci贸n definitiva ser谩 indefinida, siempre y cuando no se contravenga el orden p煤blico ni el inter茅s general.
- La homologaci贸n provisional es la que concede el municipio de manera temporal y no definitiva por un plazo menor al tiempo total de duraci贸n de las concesiones administrativas. Debe ser solicitada por el titular de los derechos concesionados y queda a potestad del municipio el tiempo que ha de otorgarse siendo no mayor al tiempo que dure la administraci贸n actual. La vigencia de la homologaci贸n provisional es determinada y bajo ninguna circunstancia podr谩 operar por m谩s tiempo del anteriormente mencionado, sin embargo, podr谩 pedirse se otorgue nuevamente.
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