Consulta Ciudadana Pública para la Reforma por Modificación, Adición y Derogación del Reglamento de Participación Ciudadana de Monterrey
Iniciativa para la Reforma por Modificación, Adición y Derogación del Reglamento de Participación Ciudadana de Monterrey
Cambios en "ARTÍCULO 109"
Comparar el modo de visualización:
Modo de vista HTML:
Título
- -{"es"=>""}
- +{"es"=>"ARTÍCULO 109"}
Cuerpo
- -[""]
- +["La petición de consulta popular que provenga de los ciudadanos del Municipio, además de los requisitos previstos en el artículo anterior, deberá complementarse con: I. Nombre completo y domicilio del representante para oír y recibir notificaciones y para controvertir ante el Tribunal Electoral o el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León según corresponda, los actos o decisiones de las autoridades cuando éstas incumplan con los principios o vulneren los derechos de los ciudadanos consignados en la Ley; y II. …"]
Autoría de la versión
Versión creada el
10/08/2023 23:56