Reforma por Modificación y Adición al Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo del Municipio de Monterrey, Nuevo León
Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo del municipio de Monterrey
Artículo 81.-
En el trámite de licencia de uso de suelo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 311, fracción III, inciso g), de la Ley, es requisito presentar a la Secretaría el estudio de impacto ambiental, con las medidas de mitigación, cuando se trate de actividades que generen un alto grado de impacto en el ambiente, en lo referente a la contaminación del aire.
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Serán todas las obras y actividades que describe el art. 37 de la Ley Ambiental las que deberán presentar MIA o sólo las que considere el reglamento que sean obras que generen un alto impacto? ¿sólo en lo referente a la contaminación del aire? ¿por qué no para la protección del medio ambiente (flora, fauna, etc.)?
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