Reforma por Modificación y Adición al Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo del Municipio de Monterrey, Nuevo León
Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo del municipio de Monterrey
ARTÍCULO 145.
Los requisitos para obtener la autorización del proyecto urbanístico de un fraccionamiento o conjunto urbano sujeto a un régimen de propiedad en condominio horizontal, serán los siguientes: I. a VII. ……………… VIII. Los estudios de impacto ambiental que proceden de acuerdo a la normatividad aplicable indicando las medidas de mitigación;IX. a XIII. …….
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Se restringe la facultad reguladora de la autoridad en materia de desarrollo urbano, porque se acotan dichas facultades a los casos de conjunto urbano a un régimen de propiedad en condominio de “tipo horizontal”, dejando fuera de la regulación y vigilancia de la autoridad los demás casos, lo cual, no sólo atenta contra derecho individual a un medio ambiente sano, sino incluso que puede resultar peligroso para la población en general.
Nuevamente se olvida el carácter precautorio de las leyes urbanas y ambientales, porque las medidas de mitigación sólo las puede dictar la autoridad competente, que al concluir la dictaminación, genera un resolutivo que puede ser positivo, condicionado, negativo,
desechado o caducado.
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